¿Qué es el impuesto de sucesiones? ¿Cuánto tendré que pagar para poder heredar?

10 mayo, 2022
Comparte

¿En qué consiste el impuesto de sucesiones? ¿Es igual en todas las comunidades autónomas?

En el momento en el que eres beneficiario de una herencia o donación, tienes que tributar de manera obligatoria por ello. De hecho, debes pagar el llamado Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), que se aplica nacionalmente y es amparado por la Ley 29/1987, de 18 de diciembre. De todos modos, se tramita de manera central en cada comunidad autónoma, y el importe final a abonar cambia de una a otra.

Cuando recibes una herencia o una donación, te favoreces de un aumento patrimonial como persona física. El ISD se encarga de asignar este traspaso de bienes y/o derechos. La mayor diferencia entre una donación y una herencia es que en el caso de la herencia se trata de un aumento patrimonial tras la defunción del testador, y en el caso de una transmisión de bienes, esta se realiza entre dos personas vivas.

Quienes cuenten con un seguro de vida, si no recae sobre el contratante, tendrán también que pagar el dicho impuesto. De otro modo, cuando se beneficia del aumento de patrimonio una persona jurídica, no tiene que gravar el impuesto de sucesiones, sino que deberá hacerlo con el impuesto de sociedades.

Todo acerca del plazo pagar el ISD

El plazo para realizar el pago del impuesto depende de si se trata de una herencia o de una donación.

  • Donación. Se cuenta con 30 días laborales para tributar desde el día en que se recibe la donación.
  • Seis meses desde la defunción del testador.

Además, en el caso de las herencias, quien hereda puede pedir una prórroga de seis meses para abonar el impuesto de sucesiones mientras lo haga en los 5 meses posteriores al fallecimiento del testador.

¿Y dónde tengo que abonar el ISD?

Si bien es cierto que este impuesto se encuentra dentro de la normativa estatal, la gestión la realizan las comunidades autónomas. Sus administraciones son las que hacen la recaudación y comprobación, cambiando bastante entre comunidades. La realidad es que casi el total de las comunidades fijan bonificaciones o reducciones, por lo que el impuesto puede variar mucho dependiendo de estas.

  • Impuesto de sucesiones. Se tiene que presentar en la CCAA donde habitaba la persona fallecida, aunque no sea donde estén los bienes que se heredan. Si esto es fuera de España, se puede presentar en la Delegación de Hacienda en Madrid, o en el caso de que algún heredero viva en España, dentro de su comunidad autónoma.
  • Impuesto de donaciones. El sitio de retribución varía en función del tipo del bien donado. Si son inmuebles, el impuesto se tiene que presentar en la comunidad autónoma donde se encuentren estos. Si son bienes muebles, se tiene que hacer en la CCAA donde viva el receptor. Por último, si son ambos, se deberá hacer en la región donde esté el bien que cuente con más valor.

¿Es necesario contar con un abogado para realizar todo el proceso?

Si bien no es obligatorio contar con un abogado, sí que es de ayuda. Estamos ante un trámite complejo en el que es preciso realizar varias gestiones burocráticas. No tener el suficiente conocimiento puede hacer que te encuentres con problemas. Por ejemplo, no liquidar de manera correcta el ISD y pagar de más o de menos puede hacer que se te impongan multas e inspecciones.

El asesoramiento experto y personal se hace importante en los casos más complicados. Por ejemplo, cuando la persona que ha fallecido no ha dejado hecho el testamento, o sí, pero sin validez legal.

<h2>¿Cuánto puedo tener que abonar para poder heredar?

Unido a las diferencias entre comunidades autónomas en cuanto a reducciones y bonificaciones, el grado de consanguinidad y de parentesco también puede tener influencia en el abono final.

Es más, hay 4 grupos de parentesco y el gravamen cambia en función de estos. Otra cosa a la que tienes que atender es que en ciertas regiones los descendientes directos y aquellos que sean menores de 21 años tienen que pagar menos impuestos en conceptos de sucesiones.

Comunidades Autónomas en las que no tienes que pagar por heredar

El IDS no debe pagarse en las comunidades autónomas siguientes:

  • Andalucía
  • Cantabria
  • Galicia

Hay que destacar que, en estas tres comunidades autónomas, las ganancias fiscales por recibir una herencia se encuentran dentro de los grupos I y II de parentesco. O lo que es lo mismo, descendientes y adoptados, ascendientes y adoptantes y cónyuges. De otra manera, los otros parentescos de los grupos III y IV, hermanos, tíos, primos y sobrinos, sí deben tributar.

En otras regiones se cuenta con importantes bonificaciones, como en Madrid, que tiene una bonificación del 99% para descendientes, cónyuges, ascendientes y adoptantes. O lo que es lo mismo, estos herederos solo tributarán en un 1%.

En Murcia, por su parte, también existe una deducción del 99% en la cuota íntegra del impuesto para los mismos grupos de herederos.

¿Y en qué comunidades autónomas se pagan más impuestos de sucesiones?

Según el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), un descendiente de 20 años que es beneficiario de una herencia tiene que tributar más en las CCAA:

  • Si se trata de una herencia de más de 800.000 euros, de los que 200.000 corresponden a la vivienda habitual de la persona fallecida, deberá tributar unos 103.135 €.
  • Comunidad Valenciana. En el mismo caso, tendría que abonar 63.193 €. Los menores de 21 del grupo I de parentesco pueden ser beneficiarios de una reducción de 100.000 euros más 8.000 euros por cada año menor de 21 con un límite de 156.000 euros.
  • Aragón. En este caso tendría que pagar 55.466 €.

 Caja Rural Central te ayuda con todo el trámite

Las sucesiones son complicadas, pues los herederos tienen que afrontar una pérdida además de tener que hacer frente a gestiones y trámites burocráticos. Por esto mismo, planear la sucesión es lo mejor que puedes hacer para que tus familiares lo tengan más fácil en el momento en el que tengan que lidiar con la herencia.

En Caja Rural Central estamos a tu lado en todo momento durante este proceso, poniendo a tu disposición la atención experta que necesitas. Si quieres informarte, puedes acudir a tu oficina de Caja Rural Central más cercana, ¡estaremos encantados de poder ayudarte!

Suscríbete a nuestro boletín de noticias
Si quieres estar al día suscríbete a nuestro boletín de noticias.
Suscríbete
También te puede interesar