Los Incoterms más conocidos para lograr el éxito en las operaciones de compraventa internacional

1 septiembre, 2021
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En el momento de preparar una estrategia para distribuir el comercio exterior de una empresa, existen muchos factores que se deben tener en cuenta; desde la relación con los proveedores que harán llegar los productos a los consumidores hasta la labor de prospección y conocimiento del mercado que harán los agentes comerciales. Entre estos términos, uno de los más conocidos es el de los Incoterms.

Este concepto, conocido también como Términos de Comercio Internacional, hace referencia a las normas que establecen los criterios acerca de la distribución de los costes, así como de la transmisión de los riesgos entre el comprador y el vendedor en el contrato de una transacción comercial a nivel mundial. Estos apartados están englobados dentro de un mismo marco jurídico, que permite gestionar las operaciones con un mayor nivel de seguridad y confiabilidad para ambas partes.

Este artículo definirá en qué consisten los Incoterms y cuáles de ellos pueden ayudar a las empresas de Alicante y Murcia a preparar todas sus transacciones comerciales en sus países de destino. Eso sí, antes de proceder, es conveniente que los negocios hayan buscado ya a los terceros con los que quieren tener relaciones económicas y de exportación para asegurar un buen nivel de éxito.

El origen y las características de los Incoterms

La Cámara de Comercio Internacional (CCI) creó los Incoterms en 1936, en una época de florecimiento comercial que enseguida se vio truncada por la llegada de la Segunda Guerra Mundial. A lo largo del siglo XX experimentó varios cambios, y ya durante el siglo XXI se acuñaron los actuales Incoterms 2020, que entraron en vigor el 1 de enero de 2011.

Están formados por códigos, de tres letras cada uno, que regulan apartados como la entrega de mercancías, los trámites de la aduana, el estado de las mercancías enviadas e incluso la distribución final de los riesgos. En las operaciones reguladas por Incoterms, el vendedor asume unas responsabilidades específicas, como la entrega de productos en buenas condiciones o los gastos de exportación, contratando un seguro de protección para asegurar la entrega a tiempo.

Lo más recomendable, antes de contratar un Incoterm, es acordar un término concreto con la otra parte para adecuarlo al medio de transporte elegido para las transacciones. Además, se deben comprobar aquellos que ya se han utilizado, además de aquellos derechos y obligaciones que compartan, indicando el tipo acordado en la factura comercial del envío.

Cinco Incoterms que se deben conocer en el mercado internacional

 El estudio de los Incoterms más empleados en las operaciones de compraventa a nivel internacional permitirá a las empresas murcianas y alicantinas entender cómo pueden aplicarlos a sus operaciones de compraventa en el extranjero. En todo este proceso, es importante contar con un plan de venta a largo plazo que tenga en cuenta las relaciones comerciales con los proveedores o los agentes comerciales.

El CFR (Cost and Freight, Coste y Flete) es un término exclusivamente marítimo en el que un vendedor se hace cargo de los costes hasta que la mercancía alcanza el puerto en el destino. Entre ellos se encuentra el despacho de exportación, así como los gastos desde el origen, el flete y los costes de la descarga. Por su lado, el comprador corre con los trámites de importación y el transporte interior hasta el lugar al que va la mercancía.

El CIF (Cost, Insurance and Freight, Coste, Seguro y Flete) es parecido, porque el vendedor también corre con los gastos hasta el puerto de destino. La diferencia es que el CIF necesita tener un seguro desde el origen, que dejará de tener vigor en el momento en el que el riesgo se transfiera al comprador, una vez los productos estén dentro del buque.

El DDP (Delivery Duty Paid, Entrega Derechos Pagados) es un caso distinto, porque el vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en el país de destino designado. Este tendrá que pagar los derechos de importación o exportación que existan, además de resolver los trámites aduaneros, por lo que el comprador está exento de la mayoría de los gastos que comporta el viaje.

El EXW (Ex Works, en fábrica) es un Incoterm muy conocido, en el que un vendedor o exportador pone la mercancía a disposición del comprador en los almacenes de este. Así, solo tiene que encargarse del embalaje. La particularidad es que no se requiere un seguro obligatorio, pero en caso de que se contrate correrá siempre a cargo del comprador, que asume el riesgo de la operación.

 El FOB (Free on Board, Franco a Bordo) permite que el vendedor se encargue de los gastos principales, como el despacho de exportación, los costes de origen y el trayecto hasta que la mercancía se sube al transporte. El comprador divide estos gastos, dedicándolos al filete, la descarga, los trámites de importación, entrega en destino y el seguro opcional.

Estos cinco Incoterms cubren casi todas las situaciones de compraventa internacional que pueden cubrirse cuando unos productos se dirigen desde un país a otro para su posterior exportación o venta directa en el extranjero. El análisis exhaustivo de sus posibilidades permitirá resolver cualquier operación de compra o venta sin tener que recurrir a manuales jurídicos o trabas burocráticas innecesarias.

Para poder exportar en buenas condiciones, teniendo atados todos los flecos del transporte y encontrando un buen nivel de seguridad para la exportación de la mercancía, es necesario tener un buen aliado financiero. Caja Rural Central ofrece un gran nivel de protección a los negocios alicantinos y murcianos, gracias a unas garantías internacionales que les permiten entrar en nuevos mercados, acceder a contratación pública o establecer sus primeras relaciones comerciales con éxito. Además, pueden contar con un apoyo continuo a su comercio exterior, que les ayudará a dar sus primeros pasos en el proceso de internacionalización de su empresa.

 

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