La Ley de Cambio Climático, el camino hacia la neutralidad de emisiones en 2050

6 julio, 2020
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La emergencia climática requiere acciones globales y compromisos que vayan más allá de las buenas intenciones. España lo sabe y por ello, desde el mes de mayo, está en las Cortes el primer proyecto de ley de Cambio Climático y Transición Energética (PLCCTE). Una normativa que, de cumplirse, nos situará a la cabeza de Europa en reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y dependencia de combustibles fósiles.

Uno de los grandes objetivos que contempla esta ley es alcanzar la neutralidad de emisiones a más tardar en 2050. Por delante, tenemos tres décadas repletas de retos y cambios estructurales a todos los niveles para conseguir que las energías renovables tengan el peso necesario para contribuir a un desarrollo sostenible. Además, se alzan como palancas para la reactivación económica tras la crisis actual. En este sentido, desde el Gobierno aseguran que “en un contexto de reactivación de la economía frente al COVID-19, el proyecto facilita las señales adecuadas para aprovechar todas las oportunidades en términos de modernización de la economía, de la industria, de la generación de empleo y de la atracción de inversiones que abre el tránsito hacia una prosperidad inclusiva y respetuosa con los límites del planeta. Lo hace en línea con el Pacto Verde Europeo, que será uno de los ejes del marco de recuperación que ultima la Comisión Europea”.

La ley tiene como objeto facilitar que la economía española sea neutra en emisiones antes de mitad de siglo y establece la necesidad de emprender políticas públicas de adaptación al cambio climático.

¿Cómo vamos a conseguir esta neutralidad de emisiones?

Para conseguir un sistema eléctrico 100% renovable antes de mitad de siglo, el texto establece los siguientes objetivos, que sólo podrán revisarse al alza:

  1. En 2030, las emisiones del conjunto de la economía española deberán reducirse en al menos un 20% respecto al año 1990.
  2. Al finalizar la próxima década, como mínimo el 35% del consumo final de la energía deberá ser de origen renovable.
  3. En el caso del sistema eléctrico, la presencia renovable en 2030 deberá ser de al menos un 70%.
  4. Las medidas de eficiencia energética tendrán que reducir el consumo de energía primaria en al menos un 35%.

Estos objetivos se articularán a través de los distintos Planes Nacionales de Energía y Clima (PNIEC). El primero de ellos será el del periodo 2021/2030, con el que se reducirán las emisiones en un 23% respecto a 1990, duplicando el porcentaje de renovables en el consumo final, hasta un 42%. Además, la presencia de energías limpias en el sistema eléctrico llegará hasta el 74% y la eficiencia energética mejorará en un 39,5%.

El primer proyecto de ley consta de 36 artículos distribuidos en nueve títulos:

  • El Título I establece los objetivos nacionales de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, energías renovables y eficiencia energética de la economía española para los años 2030 y 2050.
  • El Título II recoge las disposiciones relativas a la generación de electricidad con energías procedentes de fuentes renovables y a la eficiencia energética.
  • El Título III aborda las medidas relacionadas con la transición energética y los combustibles.
  • El Título IV determina las cuestiones relativas a la movilidad sin emisiones y transporte.
  • El Título V recoge las medidas de adaptación frente a los impactos del cambio climático.
  • El Título VI aborda medidas en el ámbito de la transición justa. La transición a una economía descarbonizada requiere también medidas que faciliten una transición justa para los colectivos y áreas geográficas más vulnerables, entre ellas, las zonas rurales.
  • El Título VII ofrece señales para la movilización de recursos en la lucha contra el cambio climático y la transición energética.
  • El Título VIII aborda dos cuestiones de esencial importancia para la implicación de la sociedad española en las respuestas frente al cambio climático y la promoción de la transición energética, como son la educación y la capacitación para el desarrollo sostenible y el cuidado del clima, y lo referente a la investigación, desarrollo e innovación.
  • El Título IX regula de forma novedosa la gobernanza de cambio climático y transición energética en España. Destaca la creación de un Comité de Expertos de cambio climático y transición energética, de carácter independiente, responsable de evaluar y hacer recomendaciones sobre las políticas y medidas de energía y cambio climático, incluidas las normativas.

¿Qué te parece esta futura ley de cambio climático, crees que nos ayudará a proteger nuestro planeta y a propiciar un desarrollo sostenible?

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